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Análisis Sistemático y Propuestas Estratégicas para el Contraste Integrado a la Violencia contra las Mujeres

I. La Violencia contra las Mujeres como Emergencia Socio-Institucional: Encuadre y Desafíos Culturales

A. Definición del Fenómeno y Raíces Socio-Patológicas

La violencia contra las mujeres ha sido inequívocamente definida como una auténtica «piaga» y «emergenza sociale» que requiere una respuesta coordinada y seria de la sociedad y la política.1 El evento, promovido por el

Senador Mario Borghese y organizado por la asociación Sud del Mondo, abordó este fenómeno alarmante por su extensión y transversalidad, que atraviesa todos los estratos sociales y geográficos, sin distinción de edad.1

El Senador Borghese, en la apertura, subrayó que la lucha seria contra este fenómeno, que lamentablemente registra nuevos casos «quasi quotidianamente» con «esiti drammatici,» debe seguir un camino claro definido por tres elementos fundamentales: la prevención, la justicia y las recursos públicas 1, los cuales son «fondamentali per provare a contrastare seriamente il fenomeno«.1

Lo que distingue a la violencia contra las mujeres de otras formas de violencia es su génesis: a menudo «nace de los affetti» 1, emergiendo de un «terreno pregresso de signo opposto«.1 Esta característica dramática se manifiesta en una «patología de los afectos» consumada frecuentemente «all’interno della famiglia» (dentro de la familia), transformando el núcleo natural de crecimiento en un «campo de battaglia con morti e feriti«.1 El control, la humillación y el aislamiento son las tácticas empleadas por el agresor para mantener a la víctima en la espiral.1

La raíz profunda de esta crisis se halla en una «cultura patriarcale» y «maschilista» fuertemente arraigada.1 Esto se evidencia en la persistencia histórica de normativas que legitimaban la desigualdad, como el tristemente célebre «delitto d’onore» y el «matrimonio riparatore» del Código Rocco, leyes que solo fueron abrogadas en 1981, un pasado normativo que aún proyecta su sombra cultural sobre la sociedad moderna.1 Combatir la violencia contra las mujeres requiere, por tanto, una lucha contra milenios de subcultura que no puede ser barrida en solo unas décadas.1

B. Los Datos Estadístico-Emergenciales y el Impacto No Censado

Las métricas confirman la magnitud de la tragedia. La Organización Mundial de la Salud (OMS) reporta que una mujer de cada tres ha sufrido algún tipo de violencia física o sexual en su vida.1 En Italia, el llamado «crime clock» registra un feminicidio cada tres días 1, con los medios de comunicación documentando casos diarios.1

Sin embargo, estos números no reflejan la totalidad del problema. Gran parte de la violencia es «no refertabile» en un pronto soccorso.1 Solo una de cada diez mujeres consigue reunir el coraje suficiente para presentar una denuncia 1, un dato que subraya un fracaso en la confianza que las víctimas depositan en las instituciones. Las asociaciones de apoyo, como Telefono Rosa, registran una afluencia masiva de solicitudes de ayuda, pero estas representan solo la punta del iceberg de un fenómeno endémico y diffusísimo.1

Un análisis detenido revela que la respuesta legislativa, aunque esencial para la represión (como la introducción del Codice Rosso y el potencial ergastolo para el feminicidio), es insuficiente para atacar la «patología de los afectos» y el sustrato cultural que alimenta la violencia.1 El derecho penal, por sí solo, no sirve como un disuasivo completo, especialmente en los casos más extremos de feminicidio-suicidio, donde el agresor no teme la pena.1 La implicación es que se requiere una inyección masiva y sostenida de recursos financieros y humanos en las áreas de prevención y formación para lograr un impacto real a largo plazo.

II. El Pilar Jurídico Italiano: Legislación de Urgencia y Armonización con la Convención de Estambul

A. La Evolución Normativa y el Consenso Transversal

Italia ha desarrollado un marco legal considerado «bastante a la vanguardia» en el contraste a la violencia contra las mujeres.1 Esta evolución legislativa se inició con la introducción del delito de stalking en 2009 1 y ha continuado con la adopción de medidas que buscan la armonización con los pilares de la Convención de Estambul (2011): prevenir, proteger, perseguir y coordinar.1

El Senador Borghese recordó que el Parlamento ha trabajado activamente para establecer políticas integradas 1, comenzando en 2019 con la Ley 69/2019, conocida como el

Codice Rosso, que buscó una «corsia preferenziale» en el tratamiento de los llamados «reati spia» (delitos señal), dotando a los investigadores de mayores poderes y procedimientos más rápidos para la protección de las mujeres.1 Posteriormente, se han aprobado normas como la Ley 168/2023, que reforzó las medidas de contraste e incrementó las penas 1; la Ley de Presupuesto 2022, que instituyó el Plan Estratégico Nacional contra la violencia y potenció la cabina de regia y el observatorio 1; y la Ley de 2023, que creó la comisión bicameral de investigación sobre el feminicidio.1

Un paso crucial en el plano simbólico y penal fue la aprobación en el Senado en julio (del año correspondiente) de la ley que instituye el «delito de feminicidio» como una categoría penal específica castigada con el ergastolo, diferenciándolo de un homicidio común cuando está motivado por odio o control de género.1 El Senador destacó la importancia de que estas medidas han sido aprobadas con la «unidad de las fuerzas políticas» italianas, demostrando un consenso «quasi sempre all’unanimità,» lo que consideró un «presupposto molto positivo, direi essenziale» para frenar la violencia.1

B. La Respuesta Judicial: Urgencia Procesal y Lagunas Operativas

La lógica detrás del andamiaje legal italiano reside en la urgencia y la rapidez. La experiencia ha demostrado que la «rapidità e tempestività» del sistema judicial y de seguridad pública son determinantes para limitar el riesgo de acciones delictivas, especialmente la reincidencia.1

Sin embargo, a pesar de la solidez formal del marco normativo (legalidad formal), su aplicación práctica (legalidad sustancial) está minada por una crisis de capacidad institucional. El Codice Rosso es a menudo una «legge tradita» (ley traicionada).1 Los retrasos en el cumplimiento de la obligación del fiscal de intervenir dentro de los tres días son comunes y considerados «ingiustificabili» por los expertos.1 La incapacidad del Estado para reaccionar a tiempo tiene consecuencias fatales: se reporta que el 47% de las mujeres asesinadas habían presentado denuncias previas, pero «lo stato non è intervenuto» 1, lo que lleva a la crítica de la «corresponsabilità dello Stato» en la muerte de estas víctimas.1

La eficacia de las medidas cautelares se ve comprometida por la escasez de medios. Se critica que solo existen 4.000 brazaletes electrónicos disponibles en Italia, muchos de los cuales tienen problemas de funcionamiento.1 Además, las autoridades a menudo se limitan a emitir medidas menos restrictivas (como la prohibición de acercamiento), que resultan insuficientes frente a la amenaza real.1 La abogacía denuncia que estas deficiencias se deben a «riforme a costo zero» 1, con carencias estructurales de personal (4.000 magistrados y 6.000 cancellieri faltantes) 1 y una formación insuficiente en la «cultura de la indagine».1

Este desajuste entre la ambición de la ley y la realidad operativa representa una crisis de capacidad institucional. El legislador elevó el listón de la prontitud sin dotar al sistema judicial de los recursos humanos, tecnológicos y financieros necesarios. En consecuencia, la urgencia procesal es solo teórica, y la lentitud transforma la justicia en una fuente de «vittimizzazione secondaria».1 La única vía para remediar esta situación es un compromiso financiero que asegure que la ley no se convierta en «lettera morta».1

III. La Ejecución de Políticas y la Necesidad de Recursos Adecuados

A. Las Políticas de Balance y el Apoyo a la Autonomía

El apoyo a las políticas de contraste a la violencia contra las mujeres es un tema central para la Comisión de Balance del Senado, que se ocupa de la financiación de los instrumentos necesarios.1 El Senatore Calandrini destacó el refuerzo del Fondo Nacional Antiviolencia, cuyo presupuesto se incrementó de 35 a 55 millones de euros, además de 9 millones adicionales para el Empowerment.1

Otro instrumento clave es el Reddito di Libertà (RdD), diseñado para garantizar la autonomía económica de las víctimas 1, un factor reconocido como fundamental para que una mujer pueda escapar de la violencia.1 También se han previsto desgravaciones contributivas para las empresas que contraten a mujeres víctimas de violencia.1 A pesar de estos compromisos, el propio Senatore Calandrini abogó por la necesidad de un «patto real» entre las instituciones y la sociedad civil para traducir estas partidas presupuestarias en «acciones verificables» y resultados concretos en el territorio.1

B. La Violencia Económica y el Obstáculo a la Reinserción

La dependencia económica es identificada como uno de los factores más importantes que perpetúa la espiral de la violencia.1 Esta forma de violencia es «subdola» pero «estremamente potente» 1, y el 62% de las mujeres que buscan apoyo en los Centros Antiviolencia (CAV) carecen de independencia económica.1 La falta de recursos propios les impide tomar decisiones libres, obligándolas a depender económicamente del agresor.

Las carencias del sistema se hacen evidentes cuando las víctimas logran escapar. La experiencia de Telefono Rosa (Avvocata Restaino) ilustra la frustración de no poder responder a la pregunta de la mujer: «¿usted me da un trabajo?».1 Esta incapacidad del sistema para garantizar la reinserción laboral hace que la asistencia pasiva (solo refugio) sea insuficiente.1

Para abordar este déficit, el Tercer Sector ha desarrollado estrategias proactivas. Women Care Association (Dottoressa Cola) ha impulsado proyectos de empowerment, ofreciendo cursos gratuitos de educación financiera básica para que las mujeres adquieran las «herramientas de base» 1 y programas de becas para formación profesional (ej. sastrería) con inserción posterior en

stage laborales.1 Estos programas de autonomía activa, junto con la creación de «case di semi autonomia» (casas de semi-autonomía) 1, son esenciales para una salida efectiva de la violencia, ya que proporcionan un contexto protegido para la formación y el inicio laboral.1

Además, la violencia económica persiste incluso después de la separación legal, cuando el agresor recurre a la «violenza economica» como último recurso, a través de la simulación de ventas y la ocultación de su patrimonio para evadir las obligaciones de manutención.1 Por ello, se ha solicitado la aplicación inmediata de las garantías personales y reales (previstas en la Ley Cartabia) para asegurar el sustento de las víctimas y sus hijos.1

La eficacia del gasto público debe medirse por el índice de reinserción socioeconómica y no solo por el número de casos atendidos. Se requiere, por lo tanto, que los fondos se reorienten de la mera protección pasiva (refugios) hacia el empowerment activo (formación, trabajo), un camino que asegura la «libertad de elección» real.1

Instrumento Financiero/MecanismoAumento Recursos o EstatusDestinación PrincipalNecesidad/Estrategia de Ejecución
Fondo Nazionale AntiviolenzaDe €35M a €55M (+€9M Empowerment)CAV, Casas Refugio, ApoyoFinanciamiento plurianual y aplicación homogénea en todo el territorio.
Reddito di Libertà (RdD)Instituido/PotenciadoAutonomía EconómicaIntegración con formación profesional real y prácticas laborales para la reinserción.
Medidas Cautelares Civiles (Cartabia)Previsto por la normativaViolencia Económica/Tutela PatrimonialAplicación inmediata de garantías reales para prevenir la sustracción patrimonial por parte del agresor.

IV. Formación Institucional y Prevención Cultural: El Vector para la Transformación Social

A. El Imperativo de la Formación Anti-Patriarcal

A pesar de la existencia de leyes avanzadas, su aplicación se ve obstaculizada por la persistencia de una subcultura patriarcal entre el personal institucional.1 La abogacía y las asociaciones de apoyo critican severamente a los servicios sociales y a las fuerzas del orden por su tendencia a «minimizzare» y «sottovalutare» la violencia.1 En muchos casos, las mujeres que buscan ayuda son rechazadas o desanimadas a presentar una denuncia, pidiéndoles que «tornino a casa».1

Esta falta de preparación genera la temida «violenza secondaria» o institucional.1 El personal, a menudo sin la formación adecuada, no logra «decodificare los messaggi» de ayuda de las víctimas 1 o, peor aún, se centra en elementos irrelevantes (como la puntualidad del agresor en las visitas supervisadas), en lugar de evaluar el riesgo real.1 El percorso de formación especializada para fuerzas del orden y magistratura es visto como «ancora in itinere» y no consolidado, lo que compromete la eficacia de las herramientas cautelares como el brazalete electrónico.1

B. Estrategias de Prevención Educativa y Revolución Cultural

La solución al problema no es primariamente sancionatoria, sino una «rivoluzione culturale».1 Esta urgencia se ve reforzada por la «age compression,» es decir, la disminución de la edad de los agresores (incluso adolescentes de 16 años) 1 debido a un «spirito di emulazione devastante».1

Los expertos abogan por un cambio radical en el sistema educativo. El presidente Gassani sugiere «meno Latino e greco… più cultura del sentimento» 1, más educación sexual y la enseñanza de la «cultura de la non-violenza» desde las primeras etapas.1 La formación debe comenzar «fin Dalla scuola materna» 1, donde los niños comienzan a absorber los comportamientos sociales.1 El objetivo es inculcar el respeto y la gentileza 1 y, fundamentalmente, la comprensión de que «il controllo/dominio non è amore».1

Esta no es una «battaglia femminile» sino una battaglia de «un popolo» 1, que requiere la participación activa de los hombres y la colaboración con el Tercer Sector y las instituciones para educar a la juventud.1

C. El Desafío de la Cyber-Violencia y la Identidad Digital

La violencia contra las mujeres ha encontrado un nuevo campo de acción en el entorno digital, con fenómenos como el revenge porn, el sexting y el cyberstalking.1 La llegada de la inteligencia artificial (IA) ha exacerbado el problema con el uso de deepfake 1, que crea imágenes falsas y palesemente dañinas, planteando un grave «tema di identità di genere».1

La Senatrice Gelmini destacó la urgencia de combatir el anonimato en línea, un factor que «deresponsabilizza» a los agresores.1 También se exige que las grandes plataformas asuman «responsabilità civile e penale» por los contenidos que publican, especialmente porque a menudo se enriquecen con publicidad vinculada a sitios de violencia contra las mujeres.1

Para combatir la desinformación generada por la IA, el gobierno ha sido instado a introducir el uso del watermark 1 como mecanismo para distinguir las imágenes reales de las virtuales, previniendo la «confusione totale» entre ambos planos.1 La educación al digital, incluyendo el respeto y las implicaciones de la conducta en línea, debe integrarse en la educación a la ciudadanía.1

Existe una doble resistencia en el combate a la violencia contra las mujeres: una resistencia cultural atávica y una resistencia tecnológica que se manifiesta en la impunidad del anonimato digital. La ley se rezaga frente a la curva tecnológica, y la falta de regulación efectiva de las plataformas digitales incentiva indirectamente la perpetuación de la violencia. La acción legislativa necesita incorporar urgentemente normas técnicas y sanciones para cerrar esta nueva vía de evasión de responsabilidades.

V. El Enfoque Transnacional y las Políticas Integradas

A. Contexto Comparado: El Modelo Latinoamericano y la Diáspora

La violencia contra las mujeres es una «pandemia mondiale» 1 que justifica el diálogo y el intercambio de prácticas a nivel transnacional. El evento promovido por la asociación Sud del Mondo facilitó precisamente este intercambio, con la participación de expertos de América Latina.1

El Giudice Franco Fiumara de Argentina, Juez del Foro Criminal de su país, compartió la experiencia de su país en la legislación penal, destacando la introducción de la condena específica por feminicidio en 2012.1 Sin embargo, el sistema federal argentino (con 24 provincias y 25 códigos de procedimiento diferentes) genera una fragmentación judicial que complica la aplicación homogénea de las medidas cautelares y crea conflictos, especialmente en los procedimientos de extradición inter-provincial.1 Esta experiencia sirve como advertencia sobre la necesidad de asegurar la uniformidad en la aplicación de la ley a nivel territorial.1 El Juez Fiumara también reportó un caso reciente de feminicidio vinculado a la «narco criminalità» 1, confirmando que la violencia no se limita al ámbito doméstico, sino que puede ser un instrumento o un subproducto de la criminalidad organizada.1

Por su parte, Antonio Iachini, Consejero General para los Italianos en el Extranjero (CGIE) de Venezuela, resaltó el uso del arte y la sensibilización cultural como herramientas preventivas.1 Iachini, participando en virtud de su rol en el CGIE, promovió el teatro, con obras como «Polvere» y «Ferite a Morte,» como un «grido artístico contra el silencio» y un ritual de reflexión colectiva para generar conciencia sobre la violencia verbal y física.1 Su participación, como representante de la diáspora italiana, también subrayó la importancia del diálogo transnacional para visibilizar el talento femenino y promover la paridad, entendiendo que la igualdad es la base de una «società sana».1

B. La Prevención en Venezuela: Estrategia Cultural y Educativa

La presentación de Iachini sobre el fenómeno en Venezuela 1 se centró en estrategias de prevención cultural a través del arte y la sensibilización social.1 Su contribución se dirigió a exponer la necesidad de respeto a las mujeres y a la familia desde la escuela y el asilo 1, reflejando una estrategia de prevención primaria para combatir el «maschilismo» y el «maschismo».1

El diálogo transnacional con Argentina y Venezuela sugiere que la interconexión entre la violencia contra las mujeres y la criminalidad organizada, o la fragmentación jurisdiccional, exige una política transnacional integrada que fortalezca la cooperación judicial internacional.

Tabla 3: Factores de Riesgo Emergentes y Estrategias de Contraste (Prevención/Digital/Transnacional)

Contexto de ViolenciaFactores Agravantes/HabilitantesPilar Político InvolucradoEstrategias de Respuesta Recomendadas
Violencia Cultural/MinorilPatriarcado, Emulación, Falta de educación al sentimiento (Age Compression)Prevención/InstrucciónReforma Escolar (desde maternal), Cultura de la gentileza y respeto, Educación emocional y sexual.
Violencia DigitalAnonimato, Inteligencia Artificial (Deepfake), Plataformas irresponsablesPrevención/JusticiaResponsabilidad civil/penal plataformas, Abolición del anonimato en línea, Uso de marcas de agua (watermark), Educación al digital.
Violencia TransnacionalNarcocriminalidad, Sistemas federales y jurisdiccionales fragmentadosJusticia/CoordinaciónDiálogo transnacional, simplificación de procedimientos de extradición, comprensión de la intersección Violencia contra las mujeres y criminalidad.

VI. Conclusiones Estratégicas y Propuestas Operativas para la Agenda Nacional

El análisis exhaustivo de las políticas italianas y transnacionales de contraste a la violencia contra las mujeres revela una disonancia persistente entre una legislación penal robusta y una ejecución operativa y preventiva insuficiente. Los desafíos actuales requieren una reorientación estratégica y un compromiso financiero serio.

A. Síntesis de las Críticas Sistemáticas

  1. El Déficit de Medios y la Justicia Lenta: Las reformas son percibidas como «a costo zero».1 La escasez de recursos humanos (magistrados y personal de apoyo) y tecnológicos (brazaletes electrónicos) invalida la urgencia procesal del Codice Rosso.1 Esto culmina en una «corresponsabilità dello Stato» en los casos de feminicidio que contaban con denuncias previas.1
  2. El Fracaso de la Cultura Institucional: A pesar de los avances legales, persiste una subcultura patriarcal que se manifiesta en la minimización de la violencia por parte de operadores clave (policía, servicios sociales).1 Esta falta de formación cualificada genera la «violenza secondaria» que revictimiza a las mujeres en el sistema de justicia.1
  3. La Vulnerabilidad Económica Inabordada: El sistema proporciona apoyo pasivo (ej. refugio), pero carece de un plan integrado y financiado para la autonomía económica.1 Sin el apoyo necesario para la formación profesional y el empleo (casas de semi-autonomía) 1, la mujer queda sin la «libertad de elección» fundamental para una salida definitiva de la violencia.1

B. Propuestas Operativas para Políticas Integradas

  1. Refuerzo Estructural y Financiero de la Justicia: Es indispensable un financiamiento plurianual dirigido a cubrir las carencias de personal en la Magistratura y Cancillería.1 Se requiere una inversión urgente y sustancial en brazaletes electrónicos funcionales y tecnologías de monitoreo del riesgo.1
  2. Reforma Cultural y Formación Obligatoria: Deben implementarse módulos obligatorios y continuos de formación contra la violencia contra las mujeres para todo el personal de la red de contraste (policía, servicios sociales, magistratura).1 Se debe impulsar una reforma curricular escolar desde la etapa maternal para inculcar la cultura del respeto y el sentimiento, en lugar de centrarse solo en el conocimiento nocionista.1
  3. Inversión Activa en la Autonomía Económica: Los fondos de balance (ej. Fondo Nacional Antiviolencia y RdD) deben priorizar la inversión en empowerment activo. Esto incluye la creación y financiación estable de Casas de Semi-Autonomía 1, garantizando la continuidad en la formación profesional y la inserción laboral efectiva (stage).1
  4. Contraste a la Violencia Digital y Financiera: La legislación debe introducir normas técnicas (como el watermark obligatorio para contenidos generados por IA) y mecanismos de sanción para las plataformas que se beneficien de la difusión de contenido violento o que permitan el anonimato.1 En el ámbito civil, se debe garantizar la aplicación inmediata de las garantías reales (Ley Cartabia) en casos de separación por violencia, para proteger el patrimonio de la víctima de la sustracción fraudulenta.1

Referencias del Contenido

1 Grabación pública del evento «Giustizia, prevenzione, risorse: politiche integrate per contrastare la violenza sulle donne» celebrado en el Senado de la República (Web TV del Senado / Radio Radicale).

Obras citadas

  1. Programma Convegno 2 ottobre Violenza di genere.pdf
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